Pequeñas ayudas para necesidades emergentes 2024

El programa consiste en pequeñas ayudas para resolver, atender o mejorar la atención médica de las religiosas mayores y enfermas en México.

La ayuda puede ser destinada a:

1. Equipamiento requerido para el bienestar de las Hermanas
2. Insumos y medicamentos
3. Honorarios a personal de salud

¿Quiénes pueden participar?

1. Comunidades de Derecho
Diocesano o Pontificio
2. Monasterios Autónomos
3. Congregaciones constituidas como AR

Hermanas Superiora General, Provincial o Abadesa:

Deseándoles una feliz navidad y bendecido año 2024, les hacemos llegar la presente convocatoria
para el otorgamiento de 20 Pequeñas Ayudas de hasta $50,000.00 MXN, para resolver necesidades emergentes de atención a hermanas mayores y enfermas. Los Institutos de Vida Consagrada que deseen participar necesitan atender a las siguientes indicaciones para elaborar la solicitud correspondiente.

I. Comunidades Elegibles
1. Todos aquellos Institutos de Vida Consagrada Femenina ubicadas en cualquier estado de
la República Mexicana que no hayan recibido apoyo del programa de “Pequeñas Ayudas”
anteriormente.
2. Institutos de Vida Consagrada de Derecho Pontificio o Diocesano.
3. Aquellas que presenten necesidades emergentes por resolver: las enfocadas a mejorar la
atención y el cuidado de hermanas mayores y/o enfermas.

II. Documentación que debe anexarse junto con el formato de solicitud:
▪ Comprobante de domicilio fiscal de la Asociación Religiosa, Asociación Civil o I.A.P.
▪ Acta Constitutiva de la Asociación.
▪ Poder del Representante Legal.
▪ Identificación oficial vigente del representante legal por ambos lados.
▪ Constancia de situación fiscal actualizada de la asociación.
▪ Carátula del estado de cuenta bancario a nombre de la Asociación que incluya número de cuenta y clabe
   interbancaria1
▪ Fotografías de hermanas mayores y enfermas beneficiadas.
▪ Carta solicitud de la ayuda, la cual deberá ser realizada por la Superiora Mayor o una delegada, misma hermana que llevará el proceso desde el inicio hasta el final del proyecto de las “Pequeñas Ayudas”. Dirigida al Padre Luis Fernando Falcó Coordinador General de la Oficina de Desarrollo y Salud Integral de las Religiosas en México, debidamente firmada en hoja membretada del Instituto Religioso.
▪ Enviar dicha documentación por correo electrónico escaneada en formato PDF (no
fotografías), a la dirección: direccióngeneral@desarrolloysalud.org con un formato
de archivo zip o carpeta drive en un solo correo.

1 En ningún caso el recurso se transferirá a una cuenta que no sea la de la asociación; no se hacen depósitos a cuentas a nombre de las hermanas en particular o de otra persona.

III. Proceso de asignación de las “Pequeñas Ayudas”
1. Publicación el viernes 15 de diciembre de 2023.
2. Fecha límite para recibir solicitudes el día lunes 15 de enero de 2024.
3. Período de valoración y selección será del 15 de enero al 28 de febrero de 2024.
4. Los resultados se comunicarán a los institutos durante el mes de marzo 2024; además, se
publicarán por medio de los canales de comunicación de la Oficina de Desarrollo y Salud
de las Religiosas en México.
5. El recurso se depositará en la cuenta del participante seleccionado posterior a la entrega
de la documentación: convenio firmado, previsualización de la factura correspondiente
al monto del recurso aprobado, carátula de la cuenta bancaria no mayor a tres meses y la
INE del representante legal vigente.
6. El uso de la ayuda recibida deberá realizarse en el lapso de tres meses en las siguientes
etapas de conformidad con el proyecto de ayuda remitido a través del convenio firmado.

o Etapa 1. A los 30 días posteriores de la entrega del apoyo económico.
o Etapa 2. A los 60 días posteriores de la entrega del apoyo económico.
o Etapa 3. A los 90 días posteriores de la entrega del apoyo económico.

• La comprobación de uso de recurso tiene como plazo el 15 de julio 2023.

V. Políticas de asignación de las “Pequeñas Ayudas”
▪ Las congregaciones participantes han de llenar la solicitud y su descripción únicamente a través del formato enviado.
▪ La solicitud de inscripción al programa de “Pequeñas ayudas 2024” deberá contar con la autorización de la Superiora General, Provincial o Abadesa si es Monasterio Autónomo.
▪ La solicitud y la documentación deberán enviarse dentro del plazo determinado en la convocatoria sin posibilidad de modificarse ese término.
▪ La participación en la convocatoria supone la aceptación de los términos, bases y/o requisitos.
▪ Los proyectos que no cumplan con los criterios de elegibilidad, las bases y/o los requisitos de la convocatoria, o que no presenten el total de la información comprobatoria requerida en tiempo y en forma no podrán ser susceptibles de evaluación.
▪ Los participantes al enviar el proyecto no aseguran la asignación del recurso ni representa obligación alguna con la Oficina de Desarrollo y Salud de las Religiosas en México.
▪ Los resultados de la asignación de las “Pequeñas Ayudas” son inapelables e irrevocables, por lo que no se dará ninguna información a los participantes.

V. Lineamientos para el uso del recurso de las “Pequeñas Ayudas”
1. Presentar en la solicitud sus respectivos presupuestos en el formato excel.
2. El monto máximo de las “Pequeñas ayudas” será de hasta $50,000.00 MXN, para
resolver necesidades emergentes de atención a hermanas mayores y enfermas. Dicho
importe que será exento de impuestos en casos aplicables.
3. El recurso puede ser destinado para:

a) Equipamiento médico: presentar documentación de dos cotizaciones expedidas
por proveedores distintos.
b) Insumos, medicamentos y tratamiento médico: Un presupuesto en formato
excel en base a costos al público en general en farmacias de la localidad.
c) Honorarios: puede ser aplicado para pago por honorarios a un profesional de la
salud indicando puesto, funciones y montos. Además de especialidad o motivo
del pago para el que se está solicitando el recurso.

4. El recurso se entregará en una sola exhibición y los institutos deberán firmar un convenio
de recepción, posteriormente emitir una factura correspondiente por el monto total de la
ayuda aprobada.
5. Las congregaciones beneficiadas deberán proporcionar un reporte final de resultados con
sus correspondientes facturas y/o recibos de honorarios que completen totalmente la
cantidad asignada en conformidad a lo establecido en el punto 6 del inciso III Proceso
de asignación de las “Pequeñas Ayudas”.
Para atender cualquier duda o comentario, por favor comunicarse a través de los siguientes
medios:

Correo electrónico: direcciongeneral@desarrolloysalud.org
WhatsApp: 55-1335-1986
Directo: 55-5606-4188

 

Atentamente
Equipo Coordinador de la Oficina para el Desarrollo y Salud Integral de las Religiosas en México